Si te suplantaron y sacaron un crédito a tu nombre, no estás obligado a pagarlo. El camino a recorrer, marcado por la nueva ley 2573 de 2026, empieza con un reclamo escrito ante la entidad que te está cobrando, con los documentos que prueban la suplantación. La entidad debe cotejar esos documentos en 10 días y, sin la exigencia de requisito adicional deberá solicitar que se modifiquen los datos negativos, e incluir en el registro personal la leyenda "Víctima de Falsedad Personal".
Aquí te explicamos algunos aspectos importantes:
¿Tengo que pagar un crédito que no solicité?
No. Un crédito es un contrato, y un contrato necesita tu consentimiento. Si alguien usó tu cédula o tus datos para solicitarlo, tú no firmaste nada.
El problema práctico es que, mientras no lo demuestres, la entidad te va a tener como deudor: te llamarán a cobrar, se causarán intereses y te pueden reportar ante centrales de riesgo. Por eso hay que actuar rápido y por escrito.
Un dato que juega a tu favor: quien tiene los documentos con los que se aprobó el crédito es la entidad, no tú. Ella es quien está en mejores condiciones de probar quién lo solicitó.
¿Qué debo hacer una vez conozco de los hechos?
- Avisa por escrito a la entidad que te está cobrando. Di que no reconoces la obligación, que eres víctima de suplantación y pide que bloqueen el producto.
- Pide copia de los documentos con los que aprobaron el crédito: la solicitud, la copia de la cédula que usaron, las firmas, las grabaciones o validaciones biométricas. Ahí suele estar la prueba más clara del fraude.
- Presenta la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación por falsedad personal (artículo 296 del Código Penal).
- Guarda todo: mensajes de cobro, llamadas, correos, radicados y respuestas.
Obligaciones de la persona suplantada a partir de la Ley 2573 de 2026.
El 19 de mayo de 2026 se expidió la Ley Estatutaria 2573 de 2026, dedicada justamente a proteger a las personas suplantadas en su identidad frente a cobros de obligaciones y reportes negativos ante operadores de información. Aplica a entidades financieras-crediticias, operadores de telecomunicaciones y establecimientos comerciales que otorgan crédito.
Ojo con la fecha: la mayor parte de la ley entra en vigencia seis meses después de su promulgación, es decir, hacia finales de noviembre de 2026. Cuando empiece a regir, estos son las obligaciones de la persona suplantada:
- Informar al operador de telecomunicaciones, a la entidad financiera o crediticia o al establecimiento comercial correspondiente, en cuanto conozca la suplantación, para que se cancele el bien o servicio adquirido sin su autorización.
- Aportar prueba sumaria de la suplantación, para facilitar el esclarecimiento de los hechos por parte de la entidad y de las autoridades judiciales.
- Denunciar ante la Fiscalía General de la Nación o la Policía Nacional los presuntos delitos de falsedad personal, falsedad documental y los delitos conexos.
- Reclamar y denunciar oportunamente la suplantación realizada mediante la creación de perfiles digitales falsos en redes sociales, tanto ante la plataforma como ante la Fiscalía.
- Someterse a la validación de identidad que establezca la entidad ante la cual reportó la suplantación.
¿Y si la entidad no responde o me dice que no?
Tienes varias salidas, que no se excluyen entre sí:
- Queja ante el Defensor del Consumidor Financiero en los casos de que sea una una entidad financiera
- Queja ante la Superintendencia Financiera, si la entidad es vigilada por ella.
- Queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio, si se trata de un operador de celular, un almacén o cualquier otra fuente no financiera. También puedes pedirle que haga efectivo el silencio positivo y sancione a la entidad.
- Acción de tutela por habeas data, si el reporte negativo sigue después de haber reclamado ante la entidad. El reclamo previo es requisito: sin él, la tutela suele declararse improcedente.
Qué puedes hacer ahora
- Denuncia ante la Fiscalía por falsedad personal y guarda el radicado de la denuncia.
- Radica el reclamo ante cada entidad que te cobre, con tu cédula, tu firma y la denuncia.
- Pide por escrito copia de los documentos con los que se aprobó el crédito.
- Si no te responden o te niegan, acude al Defensor del Consumidor Financiero, a la Superintendencia que corresponda o a la tutela.
Cada caso de suplantación tiene sus particularidades, y una respuesta mal planteada puede alargar meses el problema. Si te está pasando y quieres que un abogado redacte el reclamo y haga seguimiento a los plazos, en Legal Aid lo hacemos como parte de la afiliación.
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