Si te despiden sin justa causa, tu empleador debe pagarte una indemnización además de tu liquidación. El valor depende de tu tipo de contrato, tu salario y el tiempo que llevas trabajando, y está fijado en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). La reforma laboral de 2025 (Ley 2466) no cambió estas reglas.

¿Cuándo un despido es sin justa causa?

Un despido es sin justa causa cuando el empleador termina tu contrato sin una de las razones que la ley permite. Esas razones están en el artículo 62 del CST: faltas graves, engaños para obtener el empleo, violencia en el trabajo, bajo rendimiento comprobado, entre otras.

También se trata como despido sin justa causa cuando la empresa alega un motivo que no puede demostrar. Y al terminar el contrato debe decirte la causa concreta: después no puede invocar razones distintas (parágrafo del artículo 62 del CST).

Despedir sin justa causa no es ilegal en sí mismo. Lo que la ley exige es que el empleador pague la indemnización. Las excepciones son los trabajadores con protección especial, que explicamos más abajo.

¿Cuánto me tienen que indemnizar si me despiden sin justa causa?

Depende del tipo de contrato que firmaste:

Tipo de contratoIndemnización
Término indefinido, salario menor a 10 SMMLV30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año siguiente, proporcional por fracción
Término indefinido, salario de 10 SMMLV o más20 días de salario por el primer año y 15 días por cada año siguiente, proporcional por fracción
Término fijoLos salarios que faltan para que termine el plazo pactado
Obra o laborLos salarios del tiempo que falta para terminar la obra.

Para 2026 el salario mínimo es de $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025), así que 10 salarios mínimos equivalen a $17.509.050.

Un detalle que muchos no conocen: en el contrato indefinido, si llevas un año o menos, te corresponden los 30 días completos aunque hayas trabajado solo dos o tres meses. No se paga proporcional.

¿Cómo calculo mi indemnización? Ejemplos con números

El primer paso es sacar tu salario diario: divide tu salario mensual entre 30. Luego multiplícalo por los días que te corresponden según la tabla.

Contrato indefinido con más de un año

Laura gana $2.500.000 y la despiden después de 3 años y 6 meses.

  1. Salario diario: $2.500.000 ÷ 30 = $83.333.
  2. Primer año: 30 días.
  3. Dos años completos adicionales: 20 × 2 = 40 días.
  4. Fracción de 6 meses (medio año): 20 × 0,5 = 10 días.
  5. Total: 80 días × $83.333 = $6.666.667.

Contrato indefinido con menos de un año

Andrés gana el salario mínimo y lo despiden a los 4 meses. Le corresponden 30 días completos: $1.750.905.

Contrato a término fijo

Camila tiene un contrato a un año con salario de $3.000.000. La despiden cuando faltan 5 meses para el vencimiento. Su indemnización es de 5 × $3.000.000 = $15.000.000.

Salario de 10 SMMLV o más

Jorge gana $20.000.000 y lo despiden tras 2 años. Le corresponden 20 días por el primer año y 15 por el segundo: 35 días × $666.667 = $23.333.333.

Si tu salario es variable (comisiones, recargos frecuentes), el cálculo se hace con el promedio de lo devengado. En esos casos conviene que un abogado revise las cifras.

¿Qué más me deben pagar además de la indemnización?

La indemnización no reemplaza tu liquidación. Al terminar el contrato, por cualquier causa, el empleador debe pagarte:

  • Salarios pendientes hasta el último día trabajado.
  • Cesantías del periodo que no se hayan consignado al fondo (artículo 249 del CST).
  • Intereses sobre las cesantías, del 12 % anual (Ley 52 de 1975).
  • Prima de servicios proporcional al semestre (artículo 306 del CST).
  • Vacaciones que no hayas disfrutado, pagadas en dinero (artículo 189 del CST).

Si el empleador no te paga salarios y prestaciones al terminar el contrato, debe pagarte una indemnización moratoria: un día de salario por cada día de retraso (artículo 65 del CST).

¿Qué pasa si renuncio?

Si renuncias voluntariamente, no hay indemnización, solo liquidación. La excepción es cuando renuncias porque el empleador incumplió gravemente sus obligaciones: no te pagó, te maltrató o cambió tus condiciones sin tu consentimiento. Eso se conoce como despido indirecto (artículo 62, literal B, del CST). En ese caso debes explicar los motivos por escrito al renunciar, y podrías reclamar la indemnización.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Tienes 3 años desde que terminó el contrato para reclamar la indemnización y la liquidación (artículos 488 del CST y 151 del Código Procesal del Trabajo). Pasado ese plazo, el derecho prescribe, es decir, ya no puedes exigirlo judicialmente.

Una reclamación escrita que el empleador reciba interrumpe ese plazo por una sola vez: vuelve a contar desde cero (artículo 489 del CST).

Qué puedes hacer ahora

  1. Pide la carta de terminación y revisa qué causa invocaron, si es que invocaron alguna.
  2. Busca tu contrato y confirma el tipo (indefinido, fijo u obra), la fecha de inicio y, si aplica, la de
    vencimiento.
  3. Calcula tu indemnización con la tabla y los ejemplos de este artículo.
  4. Revisa la liquidación antes de firmarla. Si no estás de acuerdo, escribe que la recibes con salvedades. Tus derechos mínimos no se pueden renunciar, aunque firmes (artículo 14 del CST).
  5. Si no te pagan o te pagan menos, envía una reclamación escrita a la empresa y guarda la constancia de recibido. Después puedes acudir a una conciliación ante el Ministerio del Trabajo o demandar.

Cada caso tiene matices que un artículo no puede cubrir: un salario variable, un contrato mal redactado o una protección especial pueden cambiar mucho la cifra. Si te despidieron y quieres que un abogado revise tu liquidación antes de firmar, en Legal Aid lo hacemos como parte de la afiliación.